LA ÉTICA EN LA INVESTIGACION DE LAS CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

Autores

  • Cristina Romero Chaves

Resumo

Si bien es cierto, la ética en la investigación es un tema que se aborda en la universidad, centros de investigación y, en sí, por los grupos de investigación a través de los distintos contenidos reflejados en normas, códigos, declaratorias, pautas, buenas prácticas, guías, directrices, comités de ética en investigación, protocolos y otros, su prevalencia y evolución histórica se ha inclinado hacia las Ciencias biomédicas.

Algunas causas que no han permitido el avance de regulaciones éticas en las Ciencias sociales y humanas, se manifiestan en las concepciones o creencias en cuanto a que su aplicación concierne, únicamente, a dichas Ciencias biomédicas, a la crítica y resistencia respecto a las prácticas de regulación por parte de los investigadores (Achío, 2003; Bosk & De Vries, 2004; Aranguren, 2009; Ferrer & Pérez, s.f) y a las particularidades propias de la investigación (Rovaletti, 2006) dadas por la diversidad de sujetos y problemáticas investigadas, los lugares y prácticas de campo, los enfoques de estudio de carácter disciplinar e interdisciplinar, los investigadores y su objetividad como observadores participantes y las investigaciones encubiertas (Mo- llet, 2011) entre otras.

Ante las regulaciones éticas, subyacen cuestionamientos y oposiciones de los investigadores en las Ciencias sociales y humanas que han sido objeto de análisis; entre otras, se pueden mencionar las siguientes:

-  Los alcances metodológicos que demanda la aplicación de disposiciones éticas, y que representan un mayor impacto en las investigaciones sociales que en las biomédicas, Achío (2003) lo ilustra con un ejemplo, según el cual "la exigencia ética de brindar información completa a los sujetos, puede impedir obtener respuestas confiables para estudiar ciertos temas tabú, lo que sin duda alteraría los resultados de la investigación" (p. 90).

-    La postura ética y política que orienta la actividad del investigador, la cual no necesariamente está sujeta a cánones y a problemas universales de verdad (Aranguren, 2009 p. 29), lleva a "descolonizar epistemológica y metodológicamente el trabajo de campo; por ejemplo, cuando se afronta la ética de la escucha y los silencios de los entrevistados en situaciones límite; ética que no puede ser regulada por mecanismos de normalización.

-    Los vacíos y divergencias entre los procesos de revisión ética y libertad académica, por cuanto la evaluación de los proyectos se inclina a tener en cuenta aspectos ideológicos (Achío, 2003).

-    La inconformidad con las regulaciones que requieren revisión prospectiva de proyectos de investigación bajo el presupuesto de mejorar la calidad ética de dicha indagación, considera que la revisión obstaculiza los procesos investigativos (Bosk & De Vries, 2004).

-    Por la diversidad de problemáticas y multiplicidad de comunidades con las que se desarrollan las investigaciones, no se recomienda aplicar el consentimiento informado para todos los estudios sociales, en tanto puede influir en el cambio de las actitudes y de información de los sujetos investigados, más aún, cuando se trata de poblaciones vulnerables (Mollet, 2011).

Por otro lado, existen posturas que salvaguardan el punto de vista de las Ciencias sociales y
humanas, en el sentido de atender a principios éticos que permiten la realización de investigaciones con seres humanos, enfoques basados en derechos o lineamientos deontológicos que velan por la integridad de las personas investigadas y de los investigadores, para asumir una protección contra posibles daños que se puedan generar, y en aras de la calidad de las investigaciones y los beneficios para la sociedad, así como también, la responsabilidad ética y moral que les corresponde ejercer a las instituciones de educación superior.

Ahora bien, en un conjunto de prácticas políticas y jurídicas que se prescriben en marcos éticos como el código de Nuremberg, originado después de la Primera guerra mundial, la declaratoria de Helsinki en 1964, el denominado Reporte Belmont de 1979, el Consejo de la Organización Internacional de Ciencias Médicas (CIOMS-OMS) de 1982, la Declaración de Budapest (UNESCO, 1999) sobre la ciencia y el uso del saber científico, el Código de conducta social, ciencia e investigación de la UNESCO (Guchteneire, 2006), las Pautas éticas de la UNESCO para la Investigación Internacional de Ciencias Sociales comparativo en el marco del Programa de Gestión de las Transformaciones Sociales (MOST), las guías y pautas internacionales de investigación, guías operacionales para comités de ética como la Normativa nacional de Colombia (Ley 84 del 27 de diciembre de 1989 que acoge un estatuto de protección de animales, la Resolución No. 008430 de 1993 que instituye las normas científicas, técnicas y administrativas para la investigación en salud, el Decreto 1101 de 2001 el cual favorece el desarrollo de actividades de investigación sobre el genoma humano atendiendo a pautas éticas, legales y sociales), se encuentra que emergen enunciados, como la responsabilidad social y el compromiso con el medio ambiente, como dispositivos que modulan la conductas éticas a partir de mecanismos reguladores de las actuaciones de los investigadores e investigados, tales como el

consentimiento informado y la información confidencial o privada de los individuos.

De igual modo, organismos de ciencia y tecnología como Colciencias en Colombia, CONICET en Argentina, FONDECYT en Chile y otras, han dispuesto como requisito para el apoyo y financiamiento de proyectos de investigación, el contar con un aval de respaldo por parte de un comité de ética de instituciones de educación superior o de los centros de investigación; escenario que determina, de alguna manera, que las investigaciones sociales cumplan con tal determinación. Sin embargo, surgen algunas interrogantes acerca de ¿Cómo los comités de ética en investigación de la universidades, están afrontando las singularidades que devienen de los estudios en Ciencias sociales y humanas? ¿Cuál es la posición de los investigadores en Ciencias sociales y humanas, y de las universidades frente a las disposiciones éticas? ¿Cuáles son las implicaciones y retos de la ética en la investigación en las Ciencias sociales y humanas? o simplemente se están copiando los modelos propuestos para las Ciencias biomédicas como si se tratase de lo mismo.

Por lo tanto, las regulaciones éticas para las Ciencias sociales y humanas, se convierten en un punto de análisis y de debate, por la profundidad epistemológica, metodológica, ética y moral con la que merece ser tratada, constituyéndose en deber de las universidades y de los grupos de investigación, reflexionar sobre este tema.

Cristina Romero Chaves

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  • Cristina Romero Chaves
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Referências

Achío, M. (2003). Los comités de ética y la investigación en Ciencias Sociales. Revista de Ciencias

Sociales, 99, 85-95.

Bosk, C. & De Vries, R. (2004). Bureaucracies of mass deception: Institutional review boards and the ethics of ethnographic research. An- nals of the American Academy of Political and Social Sciences, 595 (1), 249-63.

Ferrer, M. & Pérez, M. (s.f.). Ética de la investigación en Ciencias sociales y humanidades. Opiniones, conocimientos y prácticas de académicos-investigadores de universidades chilenas. Recuperado de http://www.uchile.cl/portal/ investigacion/programas-de-investigacion-domeyko/ linea-sociedad-y-equidad/dimension-eti- co-normativa-de-la-sociedad-chilena-actual-/ lineas-y-proyectos-de-investigacion/47389/ etica-de-la-investigacion-en-ciencias-socia- les-y-humanidades

Guchteneire, P. (2006). Code of con- duct social science research UNESCO. Recuperado de http://portal.unesco.org/shs/ en/files/6497/10951456011Soc_Sci_Code. pdf/Soc_Sci_Code.pdf

Rovaletti, M. (2006). La evaluación ética en las Ciencias humanas y/o sociales. La investigación científica: entre la libertad y la responsabilidad. Acta Bioethica, 12 (2), 243 -250.

Mollet, J. (2011). Ethical issues in social science research in developing countries: useful or sym- bolic. Recuperado de http://www.aust-neth. net/transmission_proceedings/papers/Mo- llet.pdf

UNESCO (1999). La Declaración sobre la ciencia y el uso del saber científico. Recuperado de http://www.unesco.org/science/wcs/esp/decla- racion_s.htm#paz

Aranguren, J. (2008). El investigador ante lo indecible y no inenarrable (una ética de la escucha.Nómadas, 29, 20-33.

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Editorial

Como Citar

LA ÉTICA EN LA INVESTIGACION DE LAS CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS. (2014). Revista Investigium IRE Ciencias Sociales Y Humanas, 4(1), 7-9. http://investigiumire.unicesmag.edu.co/index.php/ire/article/view/41